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Ratifican la imputación por estafas contra directivos de Fecovita y se acerca el juicio oral - Ecocuyo

VINOS | 11 JUN 2025

Ratifican la imputación por estafas contra directivos de Fecovita y se acerca el juicio oral

El Tribunal Colegiado Primero de Mendoza rechazó el planteo de la defensa y avaló que se siga investigando a los directivos de la federación por supuestos incumplimientos en un negocio internacional.




El Tribunal Penal Colegiado Nº1 de Mendoza (ex Cámara de Apelaciones) confirmó la imputación por estafa contra los directivos y ex directivos de Fecovita Rubén Panella, Eduardo Sancho, Jorge Irañeta y Juan Ángel Rodríguez, en el marco del millonario acuerdo con la empresa Iberte, y dejó la causa a un paso del juicio oral.

En una resolución extensa y categórica firmada por unanimidad por Horacio Cadile, Claudia Vallejo y David Magiafico el tribunal rechazó todos los planteos de nulidad presentados por la defensa y trazó un diagnóstico preocupante sobre las maniobras desplegadas por la cúpula directiva de la emblemática cooperativa. La Cámara dejó en claro que el archivo inicial de la causa fue un acto “provisorio” y que, ante nuevas pruebas, como las actas internas y la pericia contable, corresponde avanzar con la investigación.

“La sentencia del Tribunal concluyó que existen sospechas fundadas y consistentes de que los directivos de Fecovita simularon querer asociarse y diseñaron un esquema que les permitió obtener liquidez inmediata, sabiendo de la imposibilidad de cumplir con las contraprestaciones a las que se obligaban, configurando una presunta estafa con perjuicio concreto y deliberado”, resume Carlos Aguinaga, abogado de Iberte y Evisa.

Actas internas, la piedra angular

El fallo pone en el centro de la escena dos actas clave del Consejo de Administración y de la Sindicatura de Fecovita, fechadas en febrero y abril de 2021. Allí, según los jueces, los propios síndicos advertían que la cooperativa se embarcaba en un acuerdo con Iberte para lograr una “capitalización a tasa cero”, a pesar de saber que no podrían cumplir con la entrega pactada de productos.

“Los directivos avanzaron en un negocio conociendo que las posibilidades de cumplimiento eran nulas o escasas”, sostiene la resolución, que califica ese comportamiento como un indicio claro de “ardid fraudulento”.

La pericia contable que desnuda la maniobra

Otro eje clave del pronunciamiento es la pericia contable -analizada también por el Tribunal-, que revela que mientras Iberte cumplió con su aporte monetario, Fecovita nunca entregó los bienes comprometidos, sin ofrecer una justificación comercial válida. Para el tribunal, ni siquiera el perito de parte logró desmontar ese dato central.

“No hay causas comerciales o contractuales verosímiles que permitan justificar el incumplimiento”, cita textualmente la resolución, que así desarma la defensa basada en supuestas dificultades operativas o del mercado.

Una “capitalización camuflada”

Según la Cámara, el objetivo real del convenio no era crear la empresa EVISA -como alegaron los imputados- sino facilitar una inyección financiera directa y gratuita a Fecovita, aprovechando el capital de Iberte. El fallo va más allá de la infracción contractual y afirma, confirmando la hipótesis de la Fiscalía, que en realidad todo se trata de un “negocio jurídico ficticio”, donde la cooperativa accedió a beneficios económicos inmediatos a sabiendas de que no podía cumplir su parte.

El tribunal también destaca otras señales de incumplimiento que refuerzan la sospecha de maniobra fraudulenta, como la negativa a firmar la escritura de un inmueble clave (Bodega Resero) o la falta de gestión para habilitaciones esenciales.

Con esta resolución, la causa vuelve al juzgado de origen con todos los actos procesales confirmados: el desarchivo, el decreto de avoque y la imputación a los acusados. También se habilita la posibilidad de ampliar pericias, en especial sobre los flujos de caja de Fecovita.

“En conclusión, en la sentencia los jueces ven un patrón inequívoco: la cúpula de Fecovita simuló un acuerdo que le aportaba liquidez instantánea y acceso a mercados, pese a saber que carecía de stock para cumplir la contraprestación. Se confirma también que Fecovita es deudora de Iberte lo que demuestra que no estamos ante un incumplimiento contractual sino en presencia de un ardid estafatorio inicial”, finaliza Aguinaga.

Y añade: “La sentencia muestra el conflicto de intereses entre los imputados y la misma Fecovita. Queremos darle tranquilidad a los productores, ya que ellos también han sido engañados, de que nuestro crédito no va a afectar sus bienes. Hemos manifestado nuestra voluntad de que todo volverá en acciones de bien común incluso a favor de los productores”.

Diez párrafos destacados de la sentencia